La Junta Electoral Central es el órgano superior de la Administración electoral.
Consulte la normativa y las ILPs presentadas desde 1982 hasta la actualidad:
Información sobre referéndum en España
Presidente de la Junta Electoral de Zona de Madrid. Posible contradicción en la resolución que la Junta Electoral Provincial de Madrid ha adoptado en el día de hoy en la que revoca el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Madrid relativo al voto de los Interventores. (07/06/2009)
Denuncia contra el programa de radio por supuesta petición de voto para un Partido Político.(07/06/2009)
Formación política denuncia determinada información proporcionada por la cadena de televisión que considera es perjudicial para la candidatura denunciante.(07/06/2009)
Representante General de Partido Político. Teniendo conocimiento de que los representantes de la Administración intervienen en el proceso electoral con la aquiescencia de algunos componentes de las Mesas debido a su falta de experiencia, solicitud de que se informe de que tales representantes de la Administración no forman parte de las Mesas electorales, no pueden estar ubicados en las mismas y no pueden participar en sus deliberaciones.(02/06/2009)
Posibilidad de buscar por orden cronológico desde 1985 hasta la actualidad.
Búsqueda de acuerdos por objeto, acuerdo, sesión y materia desde 1977 a la actualidad.
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (texto refundido y actualizado)
Ver otras referencias de normativa:
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De lunes a viernes de 9.30h a 14.30 h cuando no esté convocado un proceso electoral o de referéndum de ámbito nacional. Ver otros supuestos del horario del Registro.